Política
El juez federal de Lomas de Zamora Federico Villena determinó este domingo que la Dirección Nacional

El juez federal de Lomas de Zamora Federico Villena determinó este domingo que la Dirección Nacional

La decisión del magistrado llega luego del reclamo de la DAIA, que se presentó como querellante.

El juez federal Federico Villena ordenó este lunes frenar la salida del país de los iraníes que viajaban en el avión retenido en el aeropuerto de Ezeiza y pidió un informe sobre la aeronave.

La decisión del magistrado llega luego de que la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) se presentó como querellante en la causa que pide investigar la situación generada por la aeronave de carga retenida en el aeropuerto. Ahora quien debe decidir si se inicia o no una investigación es la fiscal kirchnerista Cecilia Incardona.

En el Boeing 747-300M matrícula YV3531 de la empresa venezolana Emtrasur viajaban 14 tripulantes venezolanos y otros cinco iraníes.

En su presentación, Villena aceptó como querellante a la DAIA e indicó que dispuso la retención de los pasaportes de los iraníes "en virtud de la gravedad de las circunstancias".

Los cinco tripulantes que no podrán salir del país son Mohammad Khosraviaragh; Gholamreza Ghasemi; Mahdi Mouseli; Saeid Vali Zadeh y Abdolbaset Mohammadi.

Los iraníes llegaron a la Argentina el 6 de junio desde México y aterrizaron en Córdoba. Más tarde fueron a Buenos Aires. El 8 de junio intentó volar a Uruguay pero le denegaron el aterrizaje y tras volar en círculos por el Río de La Plata volvió a Ezeiza.

La empresa Emtrasur, con sede en Caracas, registró el avión como parte de su flota el 23 de enero pasado. Pero antes, durante 15 años, el Boeing 747 operó para la compañía iraní Mahan Air.

El juez determinó este domingo que la Dirección Nacional de Migraciones "actuó en el marco de sus facultades" en el caso del avión de carga venezolano y declaró "abstracto" el habeas corpus presentado por el abogado de la tripulación, integrada por catorce venezolanos y cinco iraníes.

Villena consideró, en la foja 19 del fallo al que tuvo acceso Télam, que el procedimiento llevado a cabo por el organismo al retener los pasaportes de los tripulantes del Boeing 747 de la empresa Emtrasur de matrícula venezolana se fundó "en la sospecha razonable de que la razón esgrimida al ingresar (al territorio argentino) podría no ser la real o verdadera".

Además, el magistrado rechazó la solicitud de hábeas corpus interpuesta el último sábado por el abogado de la tripulación, Rafael Resnick Brenner, "en relación a los ciudadanos iraníes" y declaró "abstracta" la acción en cuanto a los catorce venezolanos.

El sábado, Resnick Brenner había interpuesto un habeas corpus en el que señalaba la "ilegítima decisión del Estado nacional" consistente en inmovilizar el avión de carga con bandera venezolana en el que viajaban ciudadanos iraníes y venezolanos, a quienes, objetó el letrado, "ilegítimamente se les retuvieron sus pasaportes".

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